Mujer en Bogotá
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La Violencia contra las Mujeres en política existe y ahora hay una Ley que busca garantizar los derechos de todas

20 Jul 2025

Hay 6 categorías en las que se puede identificar si una mujer es víctima de Violencia Política, que son: violencia física, psicológica, simbólica, sexual, económica, digital y vicaria.

Colombia dio un gran paso para prevenir, atender, rechazar y sancionar la Violencia Contra las Mujeres en Política y hacer efectivo su derecho a la participación en todos los niveles, a través de la implementación de la Ley 2453 de 2025. Esta norma reconoce que la Violencia Política contra las mujeres no son hechos aislados, sino que es una violencia estructural que requiere una respuesta contundente del Estado, el compromiso de los partidos, entre otros.

Algunas de las acciones, conductas u omisiones que se identifican en la Ley que son Violencia Política, son:

  • Amenazar, asustar o intimidar en cualquier forma a una o varias mujeres y/o a sus familias.

  • Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre a las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos.

  • Restringir el uso de la palabra y su participación en espacios de participación y toma de decisiones.

  • Discriminar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos por motivos de su embarazo, parto o posparto; entre otros.

  • Agredir físicamente a una o varias mujeres.

  • Realizar proposiciones, tocamientos, acercamientos o invitaciones no deseadas, de naturaleza sexual.

  • Divulgar imágenes, mensajes o revelar información de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos, por cualquier medio físico o virtual.

La Ley 2453 de 2025 indica que el Estado debe prevenir, atender y sancionar la Violencia Contra las Mujeres en Política y así garantizar su participación paritaria en espacios libres de violencia.

Es importante mencionar que esta Ley ya se había venido implementando en Bogotá, mediante la creación y fortalecimiento de las Bancadas de Mujeres, liderando la Mesa de Prevención y Atención de VCMP, desarrollando la Escuela Política Lidera Par, y ofreciendo espacios de sensibilización, formación y acompañamiento jurídico.

La Secretaría de la Mujer tiene los siguientes canales disponibles para las mujeres víctimas de violencia política que son: Línea purpura 018000112137 o al WhatsApp 3007551846, administradas por la Secretaría Distrital de la Mujer, también la línea de defensores y defensoras de derechos humanos: 3013827520, administrada por la Secretaría de Gobierno, así mismo están las Casas de Igualdad de Oportunidades, las cuales están dispuestas en el horario de atención de 8:00a.m. a 5:30 p.m. (líneas telefónicas o presencial y finalmente el correo electrónico: defensoresydefensoras@gobiernobogota.gov.co.


Funcionaria de la SDMujer

 

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